Guías actualizadas 2026

Todo sobre facturación en España

Guías prácticas y gratuitas sobre todos los tipos de facturas: cómo hacerlas, qué datos son obligatorios y cómo cumplir con Hacienda.

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Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes sobre facturas

La factura ordinaria (o completa) es el documento fiscal estándar con todos los datos del emisor y receptor, base imponible, IVA y, desde 2025, hash VeriFactu y QR. La factura proforma no tiene valor fiscal: es una propuesta comercial previa a la venta, sin obligación de pago ni devengo de IVA. La factura simplificada (tícket) es válida para ventas al público hasta 400€ sin incluir los datos del cliente, aunque no permite deducir el IVA.

Cuando hay un error en una factura ya emitida (precio incorrecto, NIF equivocado, concepto erróneo) o cuando se produce una devolución total o parcial. En España no se pueden anular ni modificar facturas emitidas: la corrección siempre se hace mediante una factura rectificativa que referencia a la original. Con VeriFactu, el hash encadenado hace imposible alterar una factura ya registrada sin que la AEAT lo detecte.

Los datos obligatorios son: número y serie correlativa, fecha de emisión, NIF y nombre o razón social del emisor y del receptor, domicilio fiscal de ambas partes, descripción de los bienes o servicios, base imponible, tipo de IVA aplicado y cuota de IVA. Opcionalmente, retención de IRPF si aplica. Desde 2025, también hash encadenado SHA-256 y código QR VeriFactu.

La Ley General Tributaria (artículo 66) exige conservar las facturas durante 4 años desde el fin del plazo de presentación de la declaración correspondiente, a efectos fiscales. El Código de Comercio añade 6 años a efectos mercantiles. Con VeriFactu, el registro en la AEAT garantiza la conservación del registro digital, pero el emisor sigue obligado a conservar sus propios ejemplares.

La factura intracomunitaria es para operaciones entre empresas de países miembros de la Unión Europea. El IVA es 0% si ambas partes están en el ROI y el NIF europeo del cliente es válido en el VIES. La exportación es para clientes de países fuera de la UE (EE.UU., Reino Unido, etc.) y también lleva IVA 0%, pero requiere documento aduanero de exportación (DUA) y se declara en modelos diferentes al modelo 349 intracomunitario.

Desde el 1 de julio de 2025, los nuevos contribuyentes que se den de alta están obligados a usar software VeriFactu desde la primera factura. Los autónomos ya dados de alta tienen plazo hasta el 1 de julio de 2027; las sociedades, hasta el 1 de enero de 2027. Todos los tipos de factura — ordinarias, rectificativas, simplificadas, intracomunitarias — deben cumplir los requisitos VeriFactu una vez entre en vigor el plazo correspondiente.